DECRETO DEL CONGRESO  45-2006

Se decreta de interés nacional y de beneficio social, la planificación y construcción del proyecto denominado "Puerto Pesquero de Champerico", departamento de Retalhuleu.


DECRETO NÚMERO 45-2006


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República, en sus literales a) y b) del artículo 119, establece que son obligaciones fundamentales del Estado, entre otras, promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando las actividades turísticas, promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, así como la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 1) del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, donde estipula que las donaciones que a favor del Estado, sus dependencias, instituciones o municipalidades, hagan personas, entidades, asociaciones u otros Estados o Gobiernos extranjeros, se regirán unicamente por lo convenido entre las partes.


CONSIDERANDO:

Que impulsar el proyecto denominado "Puerto Pesquero Champerico", ubicado en el municipio de Champerico, departamento de Retalhuleu, por ser una obra estratégica, facilitará el desarrollo pesquero artesanal, semi-industrial y turístico de la región sur-occidental de la República.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,238 veces.
  • Ficha Técnica: 33 veces.
  • Imagen Digital: 32 veces.
  • Texto: 33 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 11 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu