ACUERDO GUBERNATIVO 662-2005
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL.
*Derogado por el artículo 55 del Acuerdo Gubernativo 97-2009 del Presidente de la República de fecha 01-04-2009.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 662-2005
Guatemala, 9 de diciembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 11-97 del Congreso de la República, Ley de la Policía Nacional Civil, se creó la Policía Nacional Civil, como una institución profesional, con una organización de naturaleza jerárquica, cuyo funcionamiento se rige por la más estricta disciplina, integrada con miembros de la carrera policial, de la carrera administrativa y otro personal al servicio de la institución, debiendo cumplir su función de conformidad con sus, estructuras funcional, operativa y territorial contempladas en la Ley. Para garantizar la eficiencia y eficacia policial y responder a los requerimientos de seguridad conforme las exigencias actuales.
CONSIDERANDO:
Que han transcurrido ocho años desde la creación de la Policía Nacional Civil, lo que hace necesario una reestructuración de la misma, para que sea acorde a las necesidades administrativas y operativas, y así lograr una eficiente seguridad pública, y para ello se debe emitir una normativa que esté en armonía con su organización y funciones que asigna la ley de la materia.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
El siguiente:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL
TITULO I
ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA JERÁRQUICA SUPERIOR
CAPITULO ÚNICO
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL
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