ACUERDO MINISTERIAL  239-2005

Crea las Unidades siguientes: Unidad de Recursos Hídricos y Cuencas y la Unidad de Calidad Ambiental, adscritas a la Dirección General de Gestión Ambiental; y la Unidad de Protocolo adscrita al Despacho Superior.

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 239-2005

Guatemala, 05 de abril de 2005

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

Considerando:

Que al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo: cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado.

Considerando:

Que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales es el ente rector de todo tema ambiental en el territorio nacional, y por lo cual debe crear las unidades técnicas que desarrollen las actividades ambientales que les permitan, verificar el adecuado cumplimento de la normativa vigente en el tema ambiental por parte de las personas e instituciones responsables.

Por Tanto:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 27 inciso m) y 29 incisos h) e i) del Decreto Número 114-97, adicionado por el artículo 3 del Decreto Número 90-2000, ambos del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y el artículo 5 inciso e) del Acuerdo Gubernativo 186-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Acuerda:

 
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