ACUERDO GUBERNATIVO  31-2005

Arancel de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, por el Cobro de los Servicios que preste a los Proveedores, Consumidores y Usuarios.

ACUERDO GUBERNATIVO No. 31-2005

Guatemala, 27 de enero del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que el artículo 119 inciso i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece como obligación fundamental del Estado, la defensa de los consumidores y usuarios en cuanto a la preservación de la calidad de los productos de consumo interno y de exportación para garantizarles la salud, seguridad y legítimos intereses económicos;

CONSIDERANDO:

Que para llevar a cabo la obligación fundamental del Estado, de la defensa de los consumidores y usuarios, se emitió el Decreto 006-2003 del Congreso de la República, Ley de Protección al Consumidor y Usuario, creándose la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor;

CONSIDERANDO:

Que para cumplir satisfactoriamente con las funciones y atribuciones institucionales que por disposición legal, tiene encomendadas la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, es necesario establecer el arancel que cobre por los servicios que preste a los proveedores, consumidores y usuarios con motivo de su gestión y que constituirán sus ingresos propios, así como designar el destino y utilización que debe darse a los mismos;

POR TANTO,

En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo estipulado en los artículos 31 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la República y 20 de su Reglamento contenido en el Acuerdo Gubernativo número 240-98 de fecha 28 de abril de 1998.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

ARANCEL DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN Y ASISTENCIA AL CONSUMIDOR, POR EL COBRO DE LOS SERVICIOS QUE PRESTE A LOS PROVEEDORES, CONSUMIDORES Y USUARIOS.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,321 veces.
  • Ficha Técnica: 116 veces.
  • Imagen Digital: 114 veces.
  • Texto: 116 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 14 veces.
  • Formato Word: 17 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu