ACTA MUNICIPAL  54-2000

Plan de Tasas de la Municipalidad de Siquinalá, Escuintla.


ACTA NUMERO 054-2000


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SIQUINALA DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.


CERTIFICA:

Que para el afecto ha tenido a la vista el legajo de Actas de Sesiones Públicas Ordinarias, celebradas por el Honorable Concejo Municipal en el que aparece el acta número 054-2,000, de fecha nueve de junio del año dos mil, y en la que copiada literalmente dice:


ACTA NUMERO: 054-2000

SESION PUBLICA ORDINARIA: Celebrada pro el Honorable Concejo Municipal de Siquinala del departamento de Escuintla, e1 día nueve de junio del año dos mil, siendo presidida por el señor Alcalde Municipal don Ramiro Rivera Meda, contándose con la presencia de los señores: Vicente Salvador López Raxtún, Síndico Primero, Carlos Lisandro Guzmán Blanco, Síndico Segundo, también se contó con la presencia de los señores concejales en su orden del primero al cuarto: Guillermo Eliseo Véliz Porras, Néstor Ademir Padilla Rivas, Vicente Vega Dubón, Arminda G Cabrera Torres, contándose también con la presencia del señor Abner Ramón Soto Guzmán, Secretario Municipal, quien dejo constancia de los puntos tratados y aprobados, desarrollándose de la siguiente manera:

DECIMO QUINTO: Honorable Corporación Municipal del municipio de Siquinalá del departamento de Escuintla: CONSIDENRADO: Que las Municipalidades tienen como fin primordial la prestación y administración de los servicios públicos de las poblaciones bajo su jurisdicción territorial, por lo tanto, tienen competencia para establecer los, mantenerlos, mejorarlos y regularlos, garantizando su funcionamiento eficiente, seguro y continuo.- CONSIDERANDO: Que por disposición Constitucional conforme al articulo 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala.- Las Municipalidades en el ejercicio de la autonomía, les corresponde obtener y disponer de sus recursos, para los efectos correspondientes emitirán ordenanzas y reglamentos respectivos.- CONSIDERNADO: Que por disposición legal, le corresponde con exclusividad a este Honorable Concejo, la deliberación y decisión del Patrimonio e interés del municipio de Siquinala, por lo que es procedente la aprobación del Plan de Tasas. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y por lo que para el efecto preceptúan los artículos: 253, 254, 255, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 5, 6, 7, 11, 24, 30, 39, 41, 52, 82 y 84 del Decreto 56-88 del Congreso de la República de Guatemala.-

ACUERDA:

 
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