ACUERDO MINISTERIAL  617-2004

Acuerda las Disposiciones Aplicables a la Importación, Exportación, Movilización o Traslados de Plantas, Productos o Subproductos de Origen Vegetal.

*Derogado por el Acuerdo Ministerial 341-2019 de fecha 11-12-2019.

ACUERDO MINISTERIAL No. 617-2004

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 24 de febrero de 2004

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN

CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, le corresponde atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo que le ataña, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional. .

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación es el encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, la cual tiene por objeto velar por la protección y sanidad de los vegetales, animales, especies forestales e hidrobiológicos, así como la preservación de sus productos y subproductos no procesados contra la acción perjudicial de las plagas y enfermedades de importancia económica y cuarentenaria sin perjuicio para la salud humana y el ambiente.

CONSIDERANDO:

Que el manejo, control y erradicación de plagas requiere una gran cantidad recursos humanos y financieros que de otra manera pueden economizarse, aplicando medidas administrativas y fitosanitarias a la importación, exportación, movilización o traslado de envíos en tránsito de productos y subproductos de origen vegetal.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 6 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98 del Congreso de la República; 6° del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura. Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998 y su reforma:

ACUERDA:

LAS SIGUIENTES

DISPOSICIONES APLICABLES A LA IMPORTACION, EXPORTACION,
MOVILIZACION O TRASLADOS DE PLANTAS, PRODUCTOS O SUBPRODUCTOS DE
ORIGEN VEGETAL

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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