DECRETO DEL CONGRESO 92-71
Ley Normalizadora de Producción y Mercadeo de la Caña de Azúcar
DECRETO No. 92-71
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la República reconoce ampliamente la libertad de industria y de trabajo e impone al Estado la obligación de organizar tales actividades a efecto de que, con su coordinación, se logren mejores beneficios para los propios interesados como para el país en general;
CONSIDERANDO:
Que la producción de azúcar en Guatemala ha llegado a constituir un rubro importante en la economía nacional, colocando a Guatemala como país exportador de este producto mediante compromisos internacionales suscritos por el Gobierno de Guatemala;
CONSIDERANDO:
Que se hace indispensable emitir las disposiciones que garanticen el adecuado cumplimiento de las obligaciones nacionales e internacionales del país, sin perjuicio de emitir una ley completamente independiente que normalice la producción y mercadeo de la caña de azúcar,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 170 de la Constitución de la República,
DECRETA:
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