DECRETO DEL CONGRESO  7-80

Reforma al Decreto del Congreso número 1701, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo.

DECRETO NUMERO 7-80

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo, declara de interés nacional la promoción, desarrollo e incremento del turismo y compete al Estado estimular al sector privado para el logro de tales fines, en virtud de lo cual se emitió posteriormente la Ley de Fomento Hotelero, que tiene como finalidad implementar la del Instituto Guatemalteco de Turismo y da facilidades para el desarrollo de la actividad hotelera en el país;

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de las leyes mencionadas , se tuvo una época de gran actividad de construcción hotelera para atender el turismo receptivo, sin embargo, por una serie de factores y, sobre todo por el régimen tributario que obliga a los hoteles atributos que constituyen un gravamen, se ha paralizado tal actividad; y por otra parte, tales gravámenes se contraponen a la filosofía de las leyes que se han emitido para fomenta el turismo y promover corrientes favorables hacia Guatemala,

POR TANTO,

En uso de las facultades que determina el inciso 1o. Del artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

 
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