DECRETO DEL CONGRESO  25-96

Se Autoriza Al Organismo Ejecutivo Para Que, Por Medio Del Ministerio De Finanzas Públicas Otorgue Un Subsidio Al Transporte Urbano Que Opera En La Ciudad Capital.

DECRETO NÚMERO 25-96

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que el transporte urbano es un servicio público esencial para el desarrollo de las actividades económicas de la población, cuya prestación en condiciones de regularidad, continuidad y precio del pasaje, debe estar garantizada por el Estado, atendiendo a lo establecido en el Artículo 131 de la Constitución Política de la República;

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de evitar alzas en las tarifas del transporte urbano y mantener la paz social, es conveniente que el Gobierno de la República continúe con la política de subsidio de dicho sector,

POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171, inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

 
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