ACUERDO GUBERNATIVO  670-97

Reglamento para la Extensión de los Títulos o Diplomas por los que el Ministerio de Educación Acredita la Validez de los Estudios Realizados en los Centros Educativos del Sistema Educativo Nacional

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 670-97

Palacio Nacional: Guatemala, 12 de septiembre de 1997

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que conforme la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Educación Nacional, el sistema educativo nacional debe ser participativo, descentralizado y desconcentrado.

CONSIDERANDO:

Que dentro de las políticas del Gobierno de la República y las estrategias del Ministerio de Educación, ocupa lugar prioritario la desconcentración y descentralización del Sistema Educativo Nacional, que conlleva la viabilidad de la adecuada prestación del servicio educativo en su conjunto.

CONSIDERANDO:

Que para dar cumplimiento a las políticas de desconcentración y descentralización se hace necesario contar con las normas que permitan agilizar y hacer más efectivo todos los procedimientos administrativos entre los que se incluye el relativo a la extensión de los títulos o diplomas.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le asigna el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ACUERDA:

APROBAR EL SIGUIENTE:

REGLAMENTO PARA LA EXTENSION DE LOS TITULOS O
DIPLOMAS POR LOS QUE EL MINISTERIO DE EDUCACION
ACREDITA AL VALIDEZ DE LO ESTUDIOS REALIZADOS EN
LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL.

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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