ACUERDO MINISTERIAL  221-2001

Reglamento para el Control, Distribución y Venta de Reglamentos Interiores de Trabajo.

ACUERDO MINISTERIAL No. 221-2001

Guatemala, 10 de julio de 2001

El Ministro de Trabajo y Previsión Social,

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento interior de trabajo es el conjunto de normas técnico-administrativas; de higiene y seguridad y medidas disciplinarias elaboradas por los patronos que empleen diez o más trabajadores; y el cual debe ser aprobado previamente por la Inspección General de Trabajo.

CONSIDERANDO:

Que conforme el Acuerdo Gubernativo No. 44-95 del 22 de Septiembre de 1995, se facultó a la Inspección General de Trabajo para elaborar modelos de Reglamentos Interiores de Trabajo y venderlos de acuerdo a las formalidades y monto establecido por la Contraloría General de Cuentas; fondos privativos con fines específicos destinados elaboración, impresión y distribución de estudios y leyes de la Inspección General de Trabajo.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido, se procedió a elaborar un modelo único de Reglamento Interior de Trabajo, con el fin de uniformar y facilitar a los empleadores la elaboración de sus respectivos Reglamentos y el cumplimiento de esta obligación legal.

CONSIDERANDO:

Con base en lo considerado y lo preceptuado por los artículos 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 40 incisos a y b de la Ley del Organismo Ejecutivo y Acuerdo Gubernativo No. 444-95,

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA EL CONTROL, DISTRIBUCION Y VENTA DE REGLAMENTOS INTERIORES DE TRABAJO.

 
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