ACUERDO  01-2018

Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Del Instituto De La Defensa Pública Penal Para El Ejercicio Fiscal Comprendido Del Uno De Enero Al Treinta Y Uno De Diciembre De Dos Mil Dieciocho.


ACUERDO No. 01-2018


LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), del Congreso de la República de Guatemala, el Instituto de la Defensa Pública Penal goza de autonomía funcional y total independencia técnica para el cumplimiento de sus funciones y que de acuerdo a las leyes de la materia, las Entidades Autónomas establecerán su propio sistema presupuestario.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Articulo diez (10) del Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97) el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal para el presente Ejercicio Fiscal, debe disponer de la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a sufragar los gastos y la estimación de los recursos destinados para su financiamiento.


CONSIDERANDO

Que debido a que no fue aprobado el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2018, por el Congreso de la República de Guatemala, conforme lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo ciento setenta y uno (171), inciso b) Si al momento de iniciarse el año fiscal, el presupuesto no hubiere sido aprobado por el Congreso, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior..., aprobado por el Congreso de la República de Guatemala mediante Decreto Número 50-2016, publicado en el Diario Oficial el 29 de diciembre de 2016; y en su Artículo Seis, aprueba el aporte a favor del Instituto de la Defensa Pública Penal por DOSCIENTOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS DOS QUETZALES EXACTOS (Q205,622,602.00) dentro de las Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro.


CONSIDERANDO

Que es necesario adaptar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal a la situación financiera real que se espera obtener al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), por concepto de Ingresos Propios de la Institución, incorporando la suma de TRESCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q300,000.00).


POR TANTO

Con fundamento en los considerandos anteriores, articulo ciento setenta y uno (171) literal b) de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo veinticuatro (24) del Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97) Ley Orgánica del Presupuesto y articulo doce (12), numeral ocho (8), del Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), la Ley del Servicio Público de Defensa Penal.


ACUERDA

 
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