ACUERDO MINISTERIAL 534-2014
Se aprueban las siguientes directrices para la implementación gradual y progresiva de las Normas Internacionales de Contabilidad.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 534-2014
Guatemala, 30 de diciembre de 2014
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, le confirió al Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Dirección de Contabilidad del Estado, ser el órgano rector del sistema de contabilidad integrada gubernamental, por lo que con base en la ley, le compete definir la metodología contable aplicable, así como la periodicidad, estructura y características de los estados contables; y a la autoridad superior de cada organismo o entidad del sector público le compete la implementación y mantenimiento del Sistema Contable Integrado.
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, indica que el Ministerio de Finanzas Públicas establecerá las directrices para la implementación gradual y progresiva de las Normas Internacionales de Contabilidad en el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y, con fundamento en los artículos 27 literal m) y 35 del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 48 y 49 del Decreto número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto, ambos del Congreso de la República de Guatemala; artículo 5 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto y articulo 6 numeral 6) del Acuerdo Gubernativo número 26-2014, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA
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