ACUERDO MINISTERIAL  1050-2010

Acuerda los centros educativos que tienen respaldo legal vigente, por medio de resoluciones o acuerdos ministeriales, para el desarrollo de carreras técnicas, científicas y humanísticas.

*Se deroga por el ACUERDO MINISTERIAL No. 2291-2014


ACUERDO MINISTERIAL No. 1050-2010

Guatemala, 24 de junio de 2010


EL MINISTRO DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado guatemalteco propiciar el aprovechamiento de los recursos económicos, sociales, lingüísticos y culturales de cada región, para el desarrollo del país. Asimismo es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna, teniendo por finalidad primordial la protección y el desarrollo integral de la persona.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Educación es la entidad del Estado responsable de formular, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas educativas determinadas por el Sistema Educativo del país, cuya función fundamental es investigar, planificar, ejecutar y evaluar el proceso educativo.


CONSIDERANDO

Que en el marco de los Acuerdos de Paz, ratificados como compromisos de Estado por Decreto Número 52-2005, la Reforma Educativa establece como una de sus políticas la Transformación Curricular del Sistema Educativo. Esta consiste en la actualización y renovación técnico pedagógica de los enfoques, esquemas, métodos, contenidos y procedimientos didácticos, proceso que debe aplicarse a todos los niveles del Sistema Educativo, que comprende etapas, grados, ciclos, modalidades y carreras.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le asigna el Artículo 194, incisos a) y f) de la Constitución Política de República de Guatemala; Artículo 27 incisos a) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; Artículos 7 y 33, incisos e) del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
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