ACUERDO GUBERNATIVO  627-2007

Se acuerda aprobar el Plan Anual de Salarios y Otras Asignaciones Monetarias para el Ejercicio Fiscal 2008, así como las Normas para su Aplicación.

*Derogado por el artículo 22 del Acuerdo Gubernativo Número 448-2008 del Presidente de la República de fecha 31-12-2008.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 627-2007

Guatemala, 27 de diciembre del 2007


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 108 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que las relaciones del Estado y sus Entidades Descentralizadas o Autónomas con sus trabajadores, se rigen por la Ley de Servicio Civil, con excepción de aquellas que tienen sus propias disposiciones en esta materia.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 75 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, "Ley Orgánica del Presupuesto", estipula que las remuneraciones de los funcionarios y empleados públicos se fijarán de acuerdo con lo que establece la Ley de Salarios de la Administración Pública y otras disposiciones legales atinentes, salvo que el Organismo o Entidad Descentralizada a que pertenezcan cuente con leyes específicas sobre la materia. En todos los casos, anualmente se debe elaborar el presupuesto analítico que contenga el detalle de puestos y sus respectivas remuneraciones.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 5 del Decreto Número 11-73 del Congreso de la República, "Ley de Salarios de la Administración Pública", faculta al Presidente de la República para que en Consejo de Ministros, apruebe la Escala de Salarios aplicable a las Clases de Puestos que establece el Plan de Clasificación de Puestos que administra la Oficina Nacional de Servicio Civil.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 10 del Decreto Número 11-73 citado en el considerando que precede, establece que la Oficina Nacional de Servicio Civil, en consulta con el Ministerio de Finanzas Públicas, debe elaborar el Plan Anual de Salarios correspondiente a cada Ejercicio Fiscal y las normas para su administración, con base en la disponibilidad financiera del Estado.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, incisos e) y n) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


EN CONSEJO DE MINISTROS,


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 8,650 veces.
  • Ficha Técnica: 246 veces.
  • Imagen Digital: 236 veces.
  • Texto: 222 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 11 veces.
  • Formato Word: 38 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu