ACUERDO GUBERNATIVO  330-2006

Se unifican las fincas propiedad del Estado inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central.

*Derogado Por el Acuerdo Gubernativo 111-2017


ACUERDO GUBERNATIVO No. 330-2006

Guatemala, 12 de junio de 2006.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala es propietario de las fincas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la zona Central, con los números 312 y 885, folios 335 y 206 de los libros 18 "A" y 26 Antiguos de Guatemala, respectivamente, ubicadas en la 6a. avenida "A" 3-55. zona 1 de esta ciudad capital, y que a través del expediente número D-050-2002 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, se estableció que dichas fincas forman un solo cuerpo, con un área total de 1,039.6912 metros cuadrados, y que en ellas se encuentra construido un edificio, extremo que hace innecesario que existan en forma individualizada, por lo que es conveniente disponer su unificación en un solo cuerpo, el cual al momento de su inscripción en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, deberá formar finca nueva a favor del Estado. Y adscribirse a la Secretaría de Análisis Estratégico de la Presidencia de la República, en consecuencia, es procedente emitir la disposición legal correspondiente;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q; de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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