DECRETO DEL CONGRESO 38-04
Reformas al Decreto número 29-89, Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila.
DECRETO NÚMERO 38-04
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala debe garantizar la promoción y el desarrollo ordenado y eficiente del comercio exterior del país. Así como la creación de condiciones que garanticen la inversión de capitales nacionales e internacionales.
CONSIDERANDO:
Que existen condiciones en el mercado internacional que afectan los niveles de producción nacional del sector productivo del país.
CONSIDERANDO:
Que existen factores internos que restan competitividad y eficiencia al acceso de las empresas del sector al mercado internacional, tales como los altos costos de energía eléctrica, los incrementos a los salarios mínimos, la lentitud en el proceso de devolución del crédito fiscal a los exportadores y cambios constantes en la legislación.
CONSIDERANDO:
Que las leyes de incentivos a la exportación vigentes en el país, han sido superadas en gran parte por los países vecinos, lo cual resta competitividad a nuestro país para competir en los grandes mercados internacionales.
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala debe garantizar las condiciones que permitan establecer reglas claras que faciliten la atracción de inversión en los diferentes sectores productivos del país.
POR TANTO:
En el ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 171 inciso a) y conforme a lo establecido en los artículos 118 y 119 de la Constitución Política de la República de Guatemala
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL DECRETO 29-89 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD EXPORTADORA Y DE MAQUILA
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