DECRETO DEL CONGRESO  77-2000

Aprueba dos contratos de préstamo entre la República de Guatemala y El Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, FIDA, y el otro con el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional.


DECRETO NUMERO 77-2000


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que alrededor de 54.000 familias del área rural de los departamentos de Alta Verapaz y Baja Verapaz se encuentran por debajo de la línea de pobreza, cerca de 51.000 hogares rurales obtienen ingresos inferiores a la línea de indigencia y aproximadamente 46.000 familias rurales se ubican con ingreso por debajo de la línea de extrema pobreza y que por otra parte, las condiciones de pobreza en dichos departamentos están dilectamente relacionadas con la tendencia de la tierra y los sistemas de producción predominantes.


CONSIDERANDO:

Que la mujer en los departamentos mencionados tiene un papel postergado en las comunidades rurales limitándose a las tareas domésticas y agrícolas con escasa participación en la vida comunitaria y, en lo económico, no se reconoce la contribución de las mujeres a la economía familiar, no obstante que participan en las labores agrícolas y la crianza de animales, realizan artesanías y otros trabajos y que por otro lado, la disgregación violenta de las Familias en la década de los ochenta por el enfrentamiento armado interno se reflejó en aproximadamente 10,000 viudas y obligó a la mujer a asumir el control de los recursos de la unidad familiar, la dirección de actividades económicas, además de asegurar la supervivencia familiar


CONSIDERANDO:

Que grupos numerosos de mujeres de los departamentos de Alta Verapaz y Baja Verapaz han expresado que sus principales problemas son: (i) la ausencia de ingresos monetarios por la escasez de fuentes de trabajo, (ii) los problemas de salud propios y de sus hijos; (iii) las condiciones de grave carencia de medios de subsistencia, y conscientes de reducir la pobreza rural en la región de las verapaces mediante el mejoramiento de las condiciones de vida de los pobres aumentando sus ingresos por medio de la promoción y el apoyo de las actividades agrícolas y no agrícolas y propiciando el acceso de la población rural a los servicios financieros. Se han negociado dos contratos de préstamo, uno con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y otro con el fondo OPEP para el Desarrollo Internacional, para el financiamiento parcial del "Programa de Desarrollo Rural de las Verapaces" -PRODEVER-; y contando con la opinión favorable del Organismo Ejecutivo, emitido por la Comisión Interinstitucional para la Agilización de la Cooperación Internacional, mediante Dictamen Número CIACI-8,2000, y la opinión favorable de la Junta Monetaria contenida en Resolución JM-215-2000, es procedente emitir la disposición legal que lo apruebe.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 del Decreto Numero 57-92 del Congreso de la República, establece que la compra venta y la contratación de bienes, suministros, obras y servicios que requieran los organismos del Estado, sus entidades descentralizadas x autónomas, unidades ejecutoras, las municipalidades y las empresas publicas estatales o municipales, se sujetan a dicha ley y su reglamento, quedando a salvo lo dispuesto en convenios y tratados internacionales de los cuales Guatemala sea parte, y que el mecanismo se perfecciona con lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado el cual estipula que las negociaciones a que se refiere el artículo 1 de la referida ley, cuando se financien total o parcialmente con recursos externos, se regirán por el convenio respectivo debidamente aprobado


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución Política República de Guatemala.


DECRETA:

 
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