DECRETO DEL CONGRESO  03-04

Reformas al Decreto Número 6-91 del Congreso de la República, Código Tributario y sus Reformas.

DECRETO NUMERO 03-04

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA



CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es deber de todos los guatemaltecos contribuir a los gastos públicos, de acuerdo a su capacidad de pago, deber que, mediante el pago correcto de los tributos debe cumplirse en el plazo señalado en la ley, para que a su vez el Estado pueda cumplir con sus obligaciones fundamentales.

CONSIDERANDO:

Que es necesario facilitar al contribuyente los medios para que cumpla con sus obligaciones tributarias, permitiendo el uso de la tecnología moderna, así como también por parte de la Administración Tributaria, otorgarle las facultades, atribuciones y herramientas que le permitan optimizar sus recursos y ejercer en forma más efectiva las funciones de administración, recaudación, fiscalización y control de los tributos.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS AL DECRETO NUMERO 6-91 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA, CODIGO TRIBUTARIO, Y SUS REFORMAS

 
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