ACUERDO GUBERNATIVO 777-2003Gratuita
Reglamento de la Ley al Consumidor y Usuario.
Guatemala, 28 de noviembre de 2003.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 777-2003
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo del 2003 se emitió el Decreto número 006-2003 que contiene la Ley de Protección al Consumidor y Usuario, que tiene por objeto promover, divulgar y defender los derechos de los consumidores y usuarios, establecer las infracciones, sanciones y los procedimientos aplicables en dicha materia. Las normas de esta ley son tutelares de los consumidores y usuarios y constituyen un mínimo de derechos y garantías de carácter irrenunciable, de interés social y de orden público.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 110 del Decreto número 006-2003, del Congreso de la República, el Ministerio de Economía deberá elaborar y someter a consideración del Presidente de la República el Reglamento de la Ley de Protección al Consumidor y Usuario.
CONSIDERANDO:
Que es imperativo para la implementación de la Ley de Protección al Consumidor y Usuario, emitir las normas de carácter reglamentarias que desarrollen los procedimientos de carácter administrativo y legal que le permitan a la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, cumplir con las atribuciones que le asigna el artículo 54 de dicha Ley.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 110 del Decreto número 006-2003 del Congreso de la República, Ley de Protección al Consumidor y Usuario,
ACUERDA:
emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y USUARIO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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