DECRETO DEL CONGRESO  68-72

Ley Orgánica del Intituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas

Decreto Número 68-72

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que la agricultura es uno de los renglones más importantes de la economía en Guatemala, y la ciencia como la tecnología constituyen un poderoso instrumento para aumentar su productividad y rentabilidad, en cuya virtud y tal como lo previene el articulo 125 inciso 7º de la Constitución, es obligación del Estado fomentar la investigación, experimentación y divulgación agropecuarias, debiendo por consiguiente crear las instituciones especializadas que promuevan en forma científica y tecnológica el desarrollo agrícola del país,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 1º del articulo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

La siguiente

Ley Orgánica del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas

TITULO I

CAPITULO UNICO

Disposiciones generales

 
...
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