ACUERDO GUBERNATIVO 670-97
Reglamento para la Extensión de los Títulos o Diplomas por los que el Ministerio de Educación Acredita la Validez de los Estudios Realizados en los Centros Educativos del Sistema Educativo Nacional
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 670-97
Palacio Nacional: Guatemala, 12 de septiembre de 1997
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que conforme la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Educación Nacional, el sistema educativo nacional debe ser participativo, descentralizado y desconcentrado.
CONSIDERANDO:
Que dentro de las políticas del Gobierno de la República y las estrategias del Ministerio de Educación, ocupa lugar prioritario la desconcentración y descentralización del Sistema Educativo Nacional, que conlleva la viabilidad de la adecuada prestación del servicio educativo en su conjunto.
CONSIDERANDO:
Que para dar cumplimiento a las políticas de desconcentración y descentralización se hace necesario contar con las normas que permitan agilizar y hacer más efectivo todos los procedimientos administrativos entre los que se incluye el relativo a la extensión de los títulos o diplomas.
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le asigna el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
APROBAR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO PARA LA EXTENSION DE LOS TITULOS O
DIPLOMAS POR LOS QUE EL MINISTERIO DE EDUCACION
ACREDITA AL VALIDEZ DE LO ESTUDIOS REALIZADOS EN
LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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