DECRETO DEL CONGRESO 19-97
Reformas al Código de Trabajo, Decreto No. 1441 y al Decreto número 64-92 del Congreso de la República.
DECRETO NUMERO 19-97
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que al reformarse el Artículo 294 del Código de Trabajo por el Artículo 26 del Decreto Número 64-92 del Congreso de la República dejó de armonizarse su contenido con otras normas que forman parte del Título X, Capítulo III al cual pertenecen.
CONSIDERANDO:
Que es necesario evitar contradicciones o falta de claridad en la legislación poniendo en práctica todos aquellos actos que ameriten enmiendas que permitan mejorar su aplicación, para que las leyes se articulen en forma coherente.
CONSIDERANDO:
Que los Tribunales de Conciliación y Arbitraje tienen como finalidad mantener el equilibrio entre el capital y el trabajo, ambos encaminados al empuje de la producción del país, dentro de un ambiente de armonía y claridad.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL CODIGO DE TRABAJO
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