DECRETO LEY  1433


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Se deroga el artículo 3 del Decreto legislativo número 1371, relativo a que los bienes inmuebles adquiridos durante el matrimonio, con el carácter de bienes comunes, deben ser escriturados y registrados a favor de ambos cónyuges y que no puedan ser enajen

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO LEY 
NUMERO DEL DOCUMENTO 1433 
FECHA DE EMISION 22/04/1926 
CONTENIDO Se deroga el artículo 3 del Decreto legislativo número 1371, relativo a que los bienes inmuebles adquiridos durante el matrimonio, con el carácter de bienes comunes, deben ser escriturados y registrados a favor de ambos cónyuges y que no puedan ser enajen 
EMISOR  
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: XLV Número: -- Página: 15
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
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