DECRETO GUBERNATIVO  829


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Prorroga por un año, el plazo concedido por el artículo 69 de la Ley de Hidrocarburos a las personas que con anterioridad hubieren hecho denuncias de tierras petrolíferas, para que ajusten sus solicitudes a las prescripciones establecidas por dicha ley.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO GUBERNATIVO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 829 
FECHA DE EMISION 16/07/1923 
CONTENIDO Prorroga por un año, el plazo concedido por el artículo 69 de la Ley de Hidrocarburos a las personas que con anterioridad hubieren hecho denuncias de tierras petrolíferas, para que ajusten sus solicitudes a las prescripciones establecidas por dicha ley. 
EMISOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: XLII Número: -- Página: 60
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
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Efectos Producidos a la Ley --
Temas --
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