ACUERDO GUBERNATIVO 227-2018
Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Y Egresos De La Inspección General De Cooperativas -Ingecop- Para El Ejercicio Fiscal Del Año Dos Mil Diecinueve.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 227-2018
Guatemala, 14 de diciembre de 2018
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que la Inspección General de Cooperativas -Ingecop-, con base en lo que establece el Decreto Número 82-78, Artículo 55, literal i), del Congreso de la República de Guatemala, Ley General de Cooperativas, emitió la Resolución Número IGC-018-2018 de fecha 13 de julio de 2018, por medio de la cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 821 12 DIC 2018 , emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 481 del 13-12-2018, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183; en la literal e), y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97, Artículo 40 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Artículo 43 del Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
- Buscado: 784 veces.
- Ficha Técnica: 5 veces.
- Imagen Digital: 5 veces.
- Texto: 4 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.