ACUERDO GUBERNATIVO  96-2018

Se Acuerda Aprobar La Distribución Analítica De La Ampliación Al Presupuesto General De Ingresos Del Estado Para El Ejercicio Fiscal 2018.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 96-2018

Guatemala, 28 de mayo de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 50-2016, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete, con vigencia para el Dos Mil Dieciocho, Artículo 97, aprobó que dicho Presupuesto se ampliará hasta en la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE QUETZALES (Q875,000,000), para la ejecución de recursos provenientes de donaciones externas; préstamos externos en ejecución; la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, la regularización de arrendamientos conforme al Acuerdo Gubernativo Número 905-2002, Reglamento para Regularizar y Otorgar en Arrendamiento Bienes Inmuebles Propiedad del Estado, la aportación de capital pagado de las acciones que por ley es accionista el Estado, y para la obra de arrastre de los Consejos Departamentales de Desarrollo Urbano y Rural (CODEDE) de los proyectos priorizados para el año 2017, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe mediante Acuerdo Gubernativo refrendado por dicho Ministerio, la ampliación y distribución en detalle de los recursos mencionados, asignando las partidas específicas para su utilización.


CONSIDERANDO

Que los Ministerios de Gobernación, Defensa Nacional y Agricultura, Ganadería y Alimentación, solicitan ampliar sus Presupuestos de Egresos vigente, por la cantidad de SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUETZALES (Q63,372,000) para incorporar recursos de la donación DCI-ALA-2013-024-452 de la Comunidad Económica Europea Apoyo Presupuestario al Programa de Agricultura Familiar para el Fortalecimiento de la Economía Campesina (AP-PAFFEC) para la adquisición de motocicletas, seguros, equipo de cómputo, teléfonos celulares, equipo de oficina, refrigeradores y otros insumos necesarios para el uso de extensionistas en las 340 Agencias Municipales de Extensión Rural (AMER) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación; y de saldos de caja y bancos de ingresos derivados por extinción de dominio para la adquisición de equipo de transporte, computo, prendas de vestir, chalecos blindados, colchones y becas para el fortalecimiento de la Subdirección General de Investigación Criminal de la Dirección General de la Policía Nacional Civil del Ministerio de Gobernación; así como la compra de vehículos, e insumos para el remozamiento de 6 destacamentos militares en el interior de la República del Ministerio de la Defensa Nacional.


CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de lo anterior, es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 269 de fecha 21 MAY 2018, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 139 de fecha 23/05/2018, del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores de los Ministerios de Gobernación, Defensa y Agricultura, Ganadería y Alimentación serán autorizadores de egresos en cuanto a sus respectivos presupuestos, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Artículo 97 del Decreto Número 50-2016, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete con vigencia para el Dos Mil Dieciocho.


ACUERDA

 
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