ACUERDO GUBERNATIVO  118-2017

Se Aprueba La Distribución Analítica De La Ampliación Al Presupuesto General De Ingresos Y Egresos Del Estado Para El Ejercicio Fiscal 2017.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 118-2017
EJERCICIO FISCAL 2017

Guatemala, 13 de junio de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto número 50-2016, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete, Artículo 97, aprobó que dicho Presupuesto se ampliará hasta en la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE QUETZALES (Q875,000,000), para la ejecución de recursos provenientes de donaciones externas; préstamos externos en ejecución; la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio;... y en el Artículo 98, indica que con el objeto de atender las necesidades del segmento poblacional del adulto mayor, se aprueba la ampliación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2017 por el monto de VEINTE MILLONES DE QUETZALES (Q20,000,000) financiados con recursos provenientes de la colocación de Bonos del Tesoro, con cargo al presupuesto de funcionamiento de la entidad Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con destino al programa de Atención al Adulto Mayor, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe mediante Acuerdo Gubernativo, refrendado por dichos Ministerios, la ampliación y distribución en detalle de los recursos mencionados, asignando las partidas específicas para su utilización;



CONSIDERANDO:

Que la Secretaría Ejecutiva de la Instancia Coordinadora de la Modernización del Sector Justicia y los Ministerios de Gobernación y de Trabajo y Previsión Social solicitan ampliar sus presupuestos de Egresos, por la cantidad total de TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA QUETZALES (Q39,781,360) para incorporar recursos de la donación AECID-SEICMSJ-1-2016, Fortalecimiento de los Mecanismos de Protección de las Mujeres Víctimas de la Violencia, de saldos de caja de recursos derivados por extinción de dominio, de la donación y préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Apoyo a la Reforma Policial y Programa de Apoyo al Sector Justicia Penal respectivamente y de la colocación de Bonos del Tesoro.


CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo anterior, es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 228 de fecha 24 MAY 2017, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 124 de fecha 02/06/2017, del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis, del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores de la Secretaría Ejecutiva de la Instancia Coordinadora de la Modernización del Sector Justicia y de los Ministerios de Gobernación y de Trabajo y Previsión Social, serán autorizadores de egresos en cuanto a sus respectivos presupuestos, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación presupuestaria y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Artículo 97 del Decreto número 50-2016, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete.


ACUERDA:

 
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