ACUERDO GUBERNATIVO  31-2017

Se acuerda aceptar la donación que hace la Asociación Campesina Nueva Esperanza, a favor del Estado, sobre una fracción de terreno ubicada en la aldea San Vicente, municipio de Champerico, departamento de Retalhuleu.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 31-2017

Guatemala, 14 de febrero de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del expediente 2012-78641 (Ref. D-0545-201 1), opinó de manera favorable respecto a la aceptación de la donación a título gratuito a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Educación, que hace la Asociación Campesina Nueva Esperanza, a través de la escritura pública número 18 de fecha 2 de febrero de 2011, autorizada por la Notario Ruth Rocío Ralda Villsdeleón, de una fracción de terreno de 8,000.0000 metros cuadrados, que forma parte de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, bajo el número 37792, folio 295 del libro 95 de Retalhuleu, en virtud que será destinada para la construcción de la Escuela Oficial de Párvulos anexa a la Escuela Oficial Rural Mixta y la Escuela Oficial Rural Mixta Comunidad Agraria San Vicente, municipio de Champerico, departamento de Retalhuleu, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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