ACUERDO GUBERNATIVO 225-2024
Se acuerda aprobar la disminución al Presupuesto de ingresos y egresos del Comité Nacional de Alfabetización -CONALFA-, para el Ejercicio Fiscal 2024.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 225-2024
EJERCICIO FISCAL 2024
Guatemala, 13 de diciembre de 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo estipulado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Articulo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se disminuya el presupuesto de las entidades descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que por medio del Acuerdo Ministerial de Presupuesto Número 179-2024 del 08 de noviembre de 2024, se aprueba una modificación dentro del Presupuesto de Egresos del Ministerio de Educación, que incluyó el monto de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS QUETZALES (Q49,696,692), que corresponde a una disminución presupuestaria al aporte del Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, con fuente de financiamiento 11 Ingresos corrientes.
CONSIDERANDO
Que el Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, solicita autorización a una disminución en su Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, en la que se reducen los ingresos de transferencias corrientes provenientes del aporte de la Administración Central a través del Ministerio de Educación que corresponde a una disminución presupuestaria de varios renglones del grupo de gasto 0 Servicios Personales. En tal sentido, conforme al Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, establece que los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores del citado Comité son autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, quedan responsables de la disminución presupuestaria propuesta, correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas de conformidad a dicho Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 349 del 09 DIC 2024, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 297-2024 del 10 DIC. 2024, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo 183 literales e) y q) y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 literal a) y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 Reglamento de la citada ley, Articulo 44.
ACUERDA
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