ACTA MUNICIPAL  90-2024.4

Reglamento del mercado, Centro de comercio y Centro cultural de Ciudad Vieja, Sacatepéquez.


ACTA NÚMERO 90-2024 PUNTO CUARTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CIUDAD VIEJA DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ: CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, EN DONDE APARECE EL PUNTO CUARTO DEL ACTA ORDINARIA NUMERO NOVENTA GUION DOS MIL VEINTICUATRO (90-2024), CELEBRADA EL VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, EL QUE COPIADO LITERALMENTE SE LEE:

CUARTO: El Honorable Concejo Municipal de Ciudad Vieja, departamento de Sacatepéquez. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el artículo 68 del Código Municipal establece en su literal a) que es una competencia propia del municipio la prestación del servicio de mercados; y que el artículo 72 establece que es competencia de la municipalidad regular los servicios que presta. CONSIDERANDO: Que la Municipalidad está obligada a formular y a ejecutar planes de desarrollo integral, tales formas de desarrollo deberán garantizar como mínimo el establecimiento, funcionamiento y administración de los servicios públicos como agua potable, parques, escuelas, mercados, centros de salud, etc. Que sean apropiados y de dimensiones proporcionales a la población proyectada y de acuerdo a la naturaleza del desarrollo. CONSIDERANDO: Que, en el Municipio de Ciudad Vieja del departamento de Sacatepéquez, se cuenta con un Centro de Comercio y Centro Cultural, con el fin de establecer un área para mercado, piso plaza y para poder prestar un buen servicio a los vecinos es necesario contar con un reglamento que regule el uso y arrendamiento del mismo. POR TANTO: Basados en los artículos, 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y los artículos 35 literal a), e), i) y n); 42, 68 literal a) y 72 del Código Municipal, el honorable Concejo Municipal por unanimidad de criterios ACUERDA: APROBAR:


REGLAMENTO DEL MERCADO, CENTRO DE COMERCIO Y CENTRO CULTURAL DE CIUDAD VIEJA, SACATEPÉQUEZ.


TÍTULO I
GENERALIDADES CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES.

 
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