ACUERDO 49-2024
Se acuerda que los Juzgados de Paz en los municipios de la República con competencia específica en el ramo civil, conocerán de los asuntos que les correspondan por razón de la cuantía.
ACUERDO NÚMERO 49-2024
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir disposiciones que coadyuven a la aplicación efectiva de la legislación procesal vigente, particularmente para actualizar aquellas relativas a la cuantía de los asuntos que conocen los juzgados de paz con competencia en el ramo civil de toda la República, tomando en cuenta la necesidad de ajustarla a las circunstancias y la realidad socioeconómica actual.
CONSIDERANDO
Que a la fecha los juzgados de paz con competencia en el ramo civil de la República conocen de cuantías diferentes, lo que obliga al usuario a trasladarse a otros municipios limitando así el acceso a la justicia y, asimismo, provoca un incremento de situaciones que deben resolverse por medio de los planteamientos de dudas de competencia que, como efecto negativo, generan retraso en la administración de justicia.
CONSIDERANDO
Que el Organismo Judicial se encuentra en un proceso de mejora de las herramientas tecnológicas en materia informática, que requiere de una estructura organizativa sencilla y con criterios definidos para optimizar los procesos y procedimientos, distribuir de forma equitativa las cargas de trabajo en cada órgano jurisdiccional y facilitar a los usuarios el acceso a la justicia.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y en lo que preceptúan los artículos 2°, 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 7, 96, 199 y 211 del Código Procesal Civil y Mercantil, 52, 54, 79 literal d) , 94, 101, 102 y 104 de la Ley del Organismo Judicial,
ACUERDA
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