DECRETO DEL CONGRESO 67-73
Ley Orgánica del Comité Permanente de Exposiciones Reglamento en AG. 783-94, 23-12-94 en DO: 251-77-2198 (D. Administrativo)
DECRETO No. 67-73
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA,
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado el incremento y apoyo de las actividades que tienden a promover y acelerar el desarrollo económico del país, entre las cuales destacan por su importancia las Ferias Internacionales que, a la vez que reflejan el potencial de los participantes e impulsan su interrelación comercial, incrementan el crédito del mercado guatemalteco en el exterior y estimulan la producción nacional, hecho que también tiende a incrementar las exportaciones;
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto número 60-71 del Congreso de la República, Ley de Creación del Centro Nacional de la Promoción de las Exportaciones (GUATEXPRO), se establece que esta entidad determinará y promoverá la concurrencia de Guatemala a ferias y exposiciones internacionales, debiendo coordinar su participación con el Comité Permanente de Exposiciones;
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de la diversificación de las actividades del Comité Permanente de Exposiciones, se hace indispensable que tenga el carácter de entidad descentralizada y cuente con su ley orgánica que sustituya al Decreto-Ley número 36, que lo creó, para facilitar y dinamizar aún más las funciones que corresponden a esta entidad y para el mejor cumplimiento de su cometido, en beneficio de nuestro país,
POR TANTO,
Con fundamento en los artículos 117, 124, 125 inciso lo. de la Constitución de la República y, en cumplimiento del inciso lo. del artículo 170 de la misma,
DECRETA:
La siguiente:
Ley Orgánica del Comité Permanente de Exposiciones
CAPITULO I
Disposiciones generales
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