ACTA MUNICIPAL  25-29-04-2024.25

Reglamento general de autorización, instalación y/o uso de infraestructura en la vía pública, ya sea subterránea, sobresuelo o en el espacio aéreo para antenas, postes, cableado y fibra óptica y energía eléctrica privada y municipal.


ACTA NÚMERO: 25-29-04-2024
PUNTO VIGÉSIMO QUINTO


LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA, DEPARTAMENTO DE JALAPA.


CERTIFICA

Que para el efecto ha tenido a la vista las Hojas Móviles de Actas de Sesiones del Concejo Municipal, en la cual aparece asentada el ACTA NÚMERO: 25-29-04-2024 punto VIGÉSIMO QUINTO de fecha veintinueve de abril del año dos mil veinticuatro, en donde se aprobó el punto resolutivo que en su parte conducente dice:


EL ALCALDE MUNICIPAL Y HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA,
DEPARTAMENTO DE JALAPA.


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 253, establece: "que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: obtener y disponer de recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios".


CONSIDERANDO:

Que es competencia propia del Municipio, entre otras, la autorización del ordenamiento territorial en lo que se refiere a obras públicas y privadas en la circunscripción del Municipio, así como la fijación de valores por la prestación de los servicios públicos locales.


CONSIDERANDO:

Que es necesario aprobar la disposición municipal que fije el trabajo y el valor de los servicios que presta la municipalidad previa autorización y la emisión de documentos relacionados con la autorización, instalación y/o colocación de Antenas; Postes y/o Fibra Óptica, para la comercialización de los servicios de telefonía, televisión por cable y/o satelital y telecomunicaciones en ausencia de una norma que pueda aplicarse a estos casos.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal en su artículo 100, literal s) regula que constituyen ingresos del Municipio cualquiera que determinan fas leyes o los acuerdos y demás normas municipales; y artículo 101 establece que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio, para la realización de obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria.


POR TANTO:

Con fundamento a lo considerado y para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 34, 40, 42, 100, 101, 142 al 149 del Código Municipal.


ACUERDA

Emitir y Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO GENERAL DE AUTORIZACIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE
INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA PÚBLICA, YA SEA SUBTERRÁNEA, SOBRESUELO
O EN EL ESPACIO AÉREO PARA ANTENAS, POSTES, CABLEADO Y FIBRA ÓPTICA,
PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE DATOS,
TELECOMUNICACIONES Y ENERGÍA ELÉCTRICA PRIVADA Y MUNICIPAL.


CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 2,086 veces.
  • Ficha Técnica: 25 veces.
  • Imagen Digital: 25 veces.
  • Texto: 22 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 6 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu