ACTA MUNICIPAL 25-29-04-2024.25
Reglamento general de autorización, instalación y/o uso de infraestructura en la vía pública, ya sea subterránea, sobresuelo o en el espacio aéreo para antenas, postes, cableado y fibra óptica y energía eléctrica privada y municipal.
ACTA NÚMERO: 25-29-04-2024
PUNTO VIGÉSIMO QUINTO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA, DEPARTAMENTO DE JALAPA.
CERTIFICA
Que para el efecto ha tenido a la vista las Hojas Móviles de Actas de Sesiones del Concejo Municipal, en la cual aparece asentada el ACTA NÚMERO: 25-29-04-2024 punto VIGÉSIMO QUINTO de fecha veintinueve de abril del año dos mil veinticuatro, en donde se aprobó el punto resolutivo que en su parte conducente dice:
EL ALCALDE MUNICIPAL Y HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA,
DEPARTAMENTO DE JALAPA.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 253, establece: "que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: obtener y disponer de recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios".
CONSIDERANDO:
Que es competencia propia del Municipio, entre otras, la autorización del ordenamiento territorial en lo que se refiere a obras públicas y privadas en la circunscripción del Municipio, así como la fijación de valores por la prestación de los servicios públicos locales.
CONSIDERANDO:
Que es necesario aprobar la disposición municipal que fije el trabajo y el valor de los servicios que presta la municipalidad previa autorización y la emisión de documentos relacionados con la autorización, instalación y/o colocación de Antenas; Postes y/o Fibra Óptica, para la comercialización de los servicios de telefonía, televisión por cable y/o satelital y telecomunicaciones en ausencia de una norma que pueda aplicarse a estos casos.
CONSIDERANDO:
Que el Código Municipal en su artículo 100, literal s) regula que constituyen ingresos del Municipio cualquiera que determinan fas leyes o los acuerdos y demás normas municipales; y artículo 101 establece que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio, para la realización de obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria.
POR TANTO:
Con fundamento a lo considerado y para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 34, 40, 42, 100, 101, 142 al 149 del Código Municipal.
ACUERDA
Emitir y Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO GENERAL DE AUTORIZACIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE
INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA PÚBLICA, YA SEA SUBTERRÁNEA, SOBRESUELO
O EN EL ESPACIO AÉREO PARA ANTENAS, POSTES, CABLEADO Y FIBRA ÓPTICA,
PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE DATOS,
TELECOMUNICACIONES Y ENERGÍA ELÉCTRICA PRIVADA Y MUNICIPAL.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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