ACTA MUNICIPAL 96-2023.34
Reglamento del centro comercial múltiple de la Municipalidad de Concepción Chiquirichapa, Departamento de Quetzaltenango.
ACTA NÚMERO 96-2023
PUNTO TRIGÉSIMO CUARTO
El Infrascrito Secretario Municipal, del municipio de Concepción Chiquirichapa, del departamento de Quetzaltenango. CERTIFICA: Tener a la vista el libro de "Actas de Sesiones Municipales", en el cual se encuentra el acta número 962023; la que copiada literalmente dice: "Acta número noventa y seis guion dos mil veintitrés (96-2023). Sesión Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango; siendo las diecisiete horas (17:00) del día veintitrés de noviembre del año dos mil veintitrés (23/11/2023). Reunidos en el Salón de Honor de la Municipalidad; presidido por el señor Alcalde Municipal: Remigio Hernández Lorenzo; Síndicos Municipales I y II; Prof. Mario López Sánchez y Mario Cabrera López; Concejales del primero al cuarto en su orden señores: Sergio Rolando Cabrera López, Andrés Francisco López Juárez, Rubén Cabrera Lorenzo y Felipe Pérez López, señor: Miguel Angel Juárez Cabrera, Secretario Municipal, para dejar constancia de lo siguiente.- Primero:... Trigésimo cuarto: El señor Alcalde Municipal, en uso de la palabra, le manifiesta al Honorable Concejo Municipal, que se tiene a la vista el: REGLAMENTO DEL CENTRO COMERCIAL MÚLTIPLE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA, DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO. la que literalmente dice: REGLAMENTO DEL CENTRO COMERCIAL MÚLTIPLE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA, DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO. El Honorable Concejo Municipal del municipio de Concepción Chiquirichapa, del Departamento de Quetzaltenango. CONSIDERANDO: Que el Código Municipal establece que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. Así mismo, el Código Municipal, en su artículo 72 establece: "Servicios Públicos Municipales. El municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial, y por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, en los términos indicados en los artículos anteriores, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios". CONSIDERANDO: Que esta municipalidad, por ser una entidad autónoma con personalidad jurídica, de conformidad con la ley tiene facultad para elegir a sus autoridades, así como para emitir sus reglamentos y ordenanzas, que garanticen la buena marcha de la administración municipal. POR TANTO: Este Concejo Municipal con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, articulo 35, incisos a) e i) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. ACUERDA: I) Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DEL CENTRO COMERCIAL MÚLTIPLE DE LA
MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA,
DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.
TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES.
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