ACUERDO GUBERNATIVO 193-2023
Se acuerda autorizar las dietas fijadas por la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad, mediante el Acta número 2-2023.7 de fecha 18 de enero de 2023 y su ampliación del Acta número 14-2023.6 de fecha 26 de abril de 2023.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 193-2023
Guatemala, 22 de agosto de 2023
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que por medio del Decreto Número 17-72 del Congreso de la República de Guatemala, se creó el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad, para actuar por delegación del Estado, como una entidad descentralizada, técnica, no lucrativa, con patrimonio propio, fondos privativos y plena capacidad para adquirir derechos y obligaciones, asimismo, de conformidad con el artículo 16 del Decreto citado, los Directores y Secretarios (Gerente y Subgerente) de la Junta Directiva del aludido Instituto percibirán dietas por las sesiones a que asistan de acuerdo al reglamento específico.
CONSIDERANDO
Que a solicitud de la Junta Directiva por haberse generado más actividades y responsabilidades para sus miembros debido al crecimiento de la Institución en el área administrativa y operativa y con fundamento en los Artículos 16 y 18 de la Ley Orgánica del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad, Decreto Número 17-72 del Congreso de la República de Guatemala, a través del punto séptimo del Acta número dos guion dos mil veintitrés (2-2023) de fecha dieciocho (18) de enero de dos mil veintitrés (2023) y su ampliación contenida en el punto sexto del Acta número catorce guion dos mil veintitrés (14-2023) de fecha veintiséis (26) de abril de dos mil veintitrés (2023), la referida Junta acordó fijar las dietas que recibirán por sesión, en consecuencia, en atención a lo regulado en el Artículo 78 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, debe emitirse la disposición legal que en derecho corresponde.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en el Artículo 78 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
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