ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA 08-2022
Modificaciones al Plan de tarifas portuarias, Acuerdo de Junta Directiva Número 006-2007, y modificaciones al Reglamento del Plan de tarifas portuarias, Acuerdo de Junta Directiva Número 012-2007.
ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA No. 08-2022
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA EN FUNCIONES DE LA EMPRESA
PORTUARIA NACIONAL SANTO TOMÁS DE CASTILLA,
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla -EMPORNAC-, es una entidad del Estado que goza de autonomía para operar de acuerdo con su naturaleza y sus fines, es una Empresa descentralizada, dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones de conformidad con el Decreto 4-93 que contiene la Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, sin más limitaciones que las leyes de la materia le indiquen.
CONSIDERANDO:
Que las ayudas a la navegación comprenden una red de ayudas compuestas por radio ayudas, sistemas de balizas, boyas y faros, que permiten a los buques conocer su posición, ubicar peligros y trazar una ruta segura hasta su destino y que en el Régimen Tarifario de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, se contempla entre los servicios que presta a los buques el Uso de Puerto, servicio que incluye entre otros, el uso del canal de navegación, dársena de maniobras, uso de radio-ayudas, faros y boyas; sin embargo en virtud de los altos costos que representan para esta Empresa el servicio de mantenimiento y sustitución de los faros y boyas, con el objeto de continuar brindando un buen servicio a los buques que recalan en este Puerto, recientemente se adquirió cuatro boyas de balizaje flotante lateral para señalización de estribor y babor en el canal de acceso, considerándose que dichos insumos son necesarios para cumplir con normas internacionales para la señalización del canal de acceso al Puerto Santo Tomás de Castilla, y así asegurar que los barcos que recalan en la Bahía de Amatique, naveguen por aguas seguras; por lo que se hace necesario modificar el Plan de Tarifas Portuarias, en el sentido adicionar la Tarifa por el Servicio de Ayudas a la Navegación, que incluya el uso de radio ayudas, faros y boyas, suprimiendo estos elementos del servicio de Uso de Puerto, esto con el objeto de asegurar el mantenimiento y fortalecimiento de las ayudas a la navegación.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 13,19 y 20 del Decreto número 4-93 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla; y Acuerdo Gubernativo Número 24 del Presidente de la República de Guatemala de fecha cinco de octubre de dos mil veinte, que contiene nombramiento como Director Propietario Representante del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, ante la Junta Directiva de Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla.
ACUERDA:
Las siguientes:
MODIFICACIONES AL PLAN DE TARIFAS PORTUARIAS POR LOS SERVICIOS QUE
PRESTA LA EMPRESA PORTUARIA NACIONAL SANTO TOMÁS DE CASTILLA,
ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA NUMERO 006-2007, Y MODIFICACIONES AL
REGLAMENTO DEL PLAN DE TARIFAS PORTURIAS DE LA EMPRESA PORTUARIA
NACIONAL SANTO TOMÁS DE CASTILLA, ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA
NUMERO 012-2007
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