ACTA MUNICIPAL 50-2022.3
Reglamento general de autorización, construcción, instalación y/o uso de antenas, postes, cableado y fibra óptica, para la comercialización de los servicios de telecomunicaciones y energía eléctrica privada.
ACTA NÚMERO 50-2022 PUNTO TERCERO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PATZITE DEPARTAMENTO DEL QUICHE. CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE HOJAS MOVIBLES DE SESIONES MUNICIPALES QUE SE LLEVA EN ESTA MUNICIPALIDAD DONDE SE ENCUENTRAN LAS FIRMAS LEGIBLES DE LOS INTEGRANTES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ESTE MUNICIPIO CON SUS RESPECTIVOS SELLOS. APARECE EL ACTA NÚMERO CINCUENTA GUION DOS MIL VEINTIDÓS SESIONES ORDINARIAS DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE FECHA DIECISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS QUE EN SU PUNTO CONDUCENTE DICE:
PUNTO TERCERO: El honorable Concejo Municipal del Municipio de Patzite, Departamento del Quiche.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Pública de la República de Guatemala en el artículo 253 establece que los municipios de la República son Instituciones autónomas y que dentro de otras funciones les corresponde obtener y disponer de recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el alineamiento de sus propios fines
CONSIDERANDO:
Que es de competencia propia del Municipio, entre otras, la autorización del ordenamiento territorial en lo que se refiere a obras públicas y privadas en la circunscripción del Municipio, así como la fijación de los valores por la prestación de los servicios públicos locales
CONSIDERANDO:
Que es necesario aprobar la disposición municipal que fije el trabajo y valor de los servicios que presta la municipalidad previa autorización y emisión de documentos relacionados con la autorización, construcción, instalación y/o colocación de Antenas, Postes y/o Fibra óptica, para la comercialización de los servicios de telefonía, televisión por cable y/o satelital y telecomunicaciones, en ausencia de una norma que pueda aplicarse a estos casos
CONSIDERANDO:
Que el Código Municipal en su artículo 100 literal s), regula que constituyen ingresos del Municipio cualesquiera que determinan las leyes o los acuerdos y demás normas municipales y artículo 101 establece que la atención y capacitación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio para la realización de obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y la justicia tributaria.
POR TANTO
Con fundamento a los considerado y para el efecto preceptúan los artículos 253, 254,260 y 261 de la Constitución Política de la República, 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 40, 42, 100, 101, 142, al 149, del Código Municipal por UNANIMIDAD ACUERDA emitir lo siguiente:
REGLAMENTO GENERAL DE AUTORIZACIÓN, CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE
ANTENAS, POSTES, CABLEADO Y FIBRA ÓPTICA, PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA ELECTRICA PRIVADA.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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