ACTA MUNICIPAL 53-2022.6
Plan de tasas, rentas, precios, frutos, productos, multas, servicios y demás tributos del Municipio de San Andrés Villa Seca, Departamento de Retalhuleu.
ACTA No. 53-2022 PUNTO SEXTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRES VILLA SECA, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU, CERTIFICA: HABER TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE HOJAS MÓVILES DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, QUE PARA EL EFECTO SE LLEVA EN ESTA SECRETARIA MUNICIPAL, EN EL CUAL APARECE ASENTADO EL PUNTO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: ACTA ORDINARIA No. 53-2022. Sesión Pública Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de San Andrés Villa Seca del departamento de Retalhuleu, siendo las Dieciséis horas con cuarenta y cuatro minutos, del día lunes veinticuatro de octubre del año dos mil veintidós; reunidos en el Salón de Honor del Palacio Municipal, Presidida por el Alcalde Municipal Marco Tulio de León Solares, contándose con la asistencia de los señores Síndicos Primero y Segundo: Roberto Ramírez Marroquín y Prudencio Gutiérrez Vicente, así como la de los Señores Concejales Primero y Segundo: Sofía Marizol Mancio González, y Gerber Erlán Aguirre Acuña, todos amparados con sus respectivas credenciales, en presencia del secretario municipal Wilfredo Waldemar Bolaños Peña, con el objeto de dejar constancia de lo siguiente. SEXTO: El Honorable Concejo Municipal sesionante; CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que el último plan de tasas del Municipio de San Andrés Villa Seca, departamento de Retalhuleu presenta valores que no alcanzan a cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, por unanimidad de votos: ACUERDA:
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