ACTA MUNICIPAL  40-2022.2

Reglamento de uso e instalación de infraestructura en la vía pública, ya sea subterránea, sobresuelo o en el espacio aéreo, en el Municipio de Agua Blanca, Departamento de Jutiapa.


ACTA 40-2022 PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD AGUA BLANCA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA, CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias y extraordinarias número 35, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, con número de registro 12346, en el cual se encuentra asentada el Acta 40-2022, correspondiente a la Sesión extraordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal, con fecha catorce de julio de dos mil veintidós, en la que copiado literalmente el punto segundo dice así:


PUNTO SEGUNDO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE
AGUA BLANCA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el articulo 3 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas, Código Municipal, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y entre otras funciones, les corresponde atender los servicios públicos locales el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, teniendo la facultad de emitir los acuerdos reglamentos, ordenanzas y resoluciones que tiendan a regular el ordenamiento territorial del municipio y específicamente en lo concerniente al uso de la vía pública.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 literal n), del Código Municipal otorga al Concejo Municipal la función de administrar sus bienes y la facultad, como autoridad autónoma, de fijar la renta por el uso de los bienes municipales sean éstos de uso común o no común, debiendo emitir para el efecto, las ordenanzas y reglamentos sobre el ordenamiento territorial de su jurisdicción y de esa forma ejercer el gobierno y la administración de sus recursos patrimoniales, así como atender el ordenamiento territorial de su Municipio.


CONSIDERANDO:

Que las personas individuales y jurídicas que por motivos comerciales requieran utilizar el espacio público municipal debe cumplir con las ordenanzas municipales relativas al orden local y pagar las rentas o tasas que se le fijen para su uso.


POR TANTO:

Con base en lo considerando y en lo que establecen los artículos 121, 253, 254 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los Artículos 3, 33, 34, 35 inciso n), 39, 40, 41, 42, 52, 72, 73 inciso a), 100 Incisos r), 101, 142 y 151 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas, Código Municipal,


ACUERDA:

Emitir el siguiente REGLAMENTO DE USO E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA PUBLICA, YA SEA SUBTERRÁNEA, SOBRESUELO O EN EL ESPACIO AÉREO, PARA LA TRANSMISIÓN DE DATOS, TELEFONÍA Y COMUNICACIONES, EN EL MUNICIPIO DE AGUA BLANCA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES

 
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