ACTA MUNICIPAL  020-2022.5

Reglamento de uso e instalación de infraestructura en la vía pública, ya sea subterránea, sobresuelo o en el espacio aéreo, para la transmisión de datos, telefonía y comunicaciones, en el Municipio de San Jorge, Departamento de Zacapa.


ACTA No. 020-2022 PUNTO QUINTO

La Infrascrita Secretaria Municipal de la Municipalidad de San Jorge, del departamento de Zacapa, CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas del Concejo Municipal, donde se encuentra el Acta No. 020-2022 de la Sesión Pública Ordinaria celebrada Martes Veintiséis de Abril del Año Dos Mil Veintidós, que copiada literalmente en su punto QUINTO dice:

QUINTO: "MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE, DEPARTAMENTO DE ZACAPA, EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JORGE, DEPARTAMENTO DE ZACAPA".


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 3 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas, Código Municipal, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y entre otras funciones, les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, teniendo la facultad de emitir los acuerdos, reglamentos, ordenanzas y resoluciones que tiendan a regular el ordenamiento territorial del municipio y específicamente en lo concerniente al uso de la vía pública.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 literal n), del Código Municipal otorga al Concejo Municipal la función de administrar sus bienes y la facultad, como autoridad autónoma, de fijar la renta por el uso de los bienes municipales sean éstos de uso común o no común, debiendo emitir para el efecto, las ordenanzas y reglamentos sobre el ordenamiento territorial de su jurisdicción y de esa forma ejercer el gobierno y la administración de sus recursos patrimoniales, así como atender el ordenamiento territorial de su Municipio.


CONSIDERANDO:

Que las personas individuales y jurídicas que por motivos comerciales requieran utilizar el espacio público municipal debe cumplir con las ordenanzas municipales relativas al orden local y pagar las rentas o tasas que se le fijen para su uso.


POR TANTO:

Con base en lo considerando y en lo que establecen los artículos 121, 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los Artículos 3, 33, 34, 35 inciso n), 39, 40, 41, 42, 52, 72, 73 inciso a), 100 Incisos r), 101, 142 y 151 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas, Código Municipal,


ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE USO E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA
PUBLICA, YA SEA SUBTERRÁNEA, SOBRESUELO O EN EL ESPACIO AÉREO, PARA LA
TRANSMISIÓN DE DATOS, TELEFONÍA Y COMUNICACIONES, EN EL MUNICIPIO DE SAN
JORGE, DEPARTAMENTO DE ZACAPA.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES

 
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