ACUERDO GUBERNATIVO 268-2021
Se acuerda aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos del Comité Nacional de Alfabetización -CONALFA-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidós.
*Se disminuye el Presupuesto de ingresos y egresos del Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, para el Ejercicio Fiscal dos mil veintidós, por el Acuerdo Gubernativo Número 364-2022
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 268-2021
Guatemala, 14 de diciembre de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, con base en lo que establece la literal d), Artículo 8 del Decreto Número 43-86 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Alfabetización, mediante el punto Segundo del Acta Número 012-2021 del 29 de julio de 2021, el Comité Nacional de alfabetización -Conalfa- aprobó el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad para el Ejercicio Fiscal dos mil veintidós, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Comité Nacional de Alfabetización -Conalfa-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el Ejercicio Fiscal dos mil veintidós; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 488 de fecha 07 DIC 2021, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 444-2021 de fecha 14 DIC 2021, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en la literal e), Artículo 183; y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
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