ACUERDO A-069-2021
Se acuerda crear el Módulo de Registro Único de Cuentadancias, en el portal web de la Contraloría General de Cuentas.
ACUERDO NÚMERO A-069-2021
EL CONTRALOR GENERAL DE CUENTAS
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 232, preceptúa que la Contrataría General de Cuentas es la institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendarlo de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.
CONSIDERANDO:
Que en su calidad de órgano rector de control gubernamental, ostenta como parte de sus atribuciones, dictar las políticas, normas y procedimientos en el ámbito de su competencia, de observancia y cumplimiento obligatorio para las personas, organismos y entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Contrataría General de Cuentas.
CONSIDERANDO:
Que las entidades y personas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Número 31-2002, Ley Orgánica de la Contrataría General de Cuentas, están sujetas a la observancia y cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas que emita la Contrataría General de Cuentas, como entidad rectora en materia de fiscalización y como consecuencia del Registro Único de Cuentadancias.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario modernizar el control de las cuentadancias y cuentadantes, a través del uso de las herramientas que proporciona la tecnología de la información, para que su gestión se realice de forma más eficiente, eficaz, oportuna y segura.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere los artículos 232 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4 literales a), c), u) e y), 5, 6, 7,12 y 13 literales g) y 1) del Decreto Número 31-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Contrataría General de Cuentas.
ACUERDA:
CREAR EL MÓDULO DE REGISTRO ÚNICO DE CUENTADANCIAS
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