ACTA MUNICIPAL  08-2021.3

Reglamento de autorización para establecimientos abiertos al público, del Municipio de Magdalena Milpas Altas, Departamento de Sacatepéquez.


ACTA NÚMERO 08-2021 PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MAGDALENA MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ. CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal del Municipio de Magdalena Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez, que para el efecto se lleva en esta municipalidad, en donde aparece inscrita el Acta Extraordinaria Número: Cero Ocho guión dos mil veintiuno (08-2021), de fecha Dieciocho de Junio del año dos mil veintiuno, que contiene el punto TERCERO; que copiado literalmente dice:

TERCERO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAGDALENA MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ;


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal establece en su articulo 35 literal z) que es una atribución del Concejo Municipal: "Emitir el dictamen favorable para la autorización de establecimientos que por su naturaleza estén abiertos al público, sin el cual ninguna autoridad podrá emitir la licencia respectiva".


CONSIDERANDO:

Que el Decreto 56-95 del Congreso de la República faculta a las municipalidades para emitir el reglamento que regule la delimitación, dentro de sus respectivos territorios, de las áreas en las que puedan funcionar los establecimientos dedicados al expendio de alimentos y bebidas, hospedaje, higiene, arreglo personal, recreación, cultura y otros que por su naturaleza estén abiertos al público.


CONSIDERANDO:

Que para que la Municipalidad pueda cumplir con el mandato contenido en la Constitución Política de la República, en el Código Municipal y en el Decreto 56-95 del Congreso de la República, es necesario emitir el reglamento que regule la localización, revisión y autorización de cualquier tipo de establecimientos abiertos al público.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 239, 254, 255, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 6, 33, 35, 72, y 142 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO, DEL
MUNICIPIO DE MAGDALENA MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ


TÍTULO I
GENERALIDADES Y DE LA LICENCIA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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