ACTA MUNICIPAL  32-2021.13

Se acuerda aprobar el cambio de algunas vías y colocación de señales en calles y avenidas de las diferentes zonas, ya que en los últimos años la cantidad de vehículos que circulan en la ciudad de Retalhuleu, ha aumentado.


ACTA NÚMERO 32-2021
PUNTO DÉCIMO TERCERO

El INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU, DEL DEPARTAMENTO DE RETALHULEU, EN EL USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE CONFIERE EL ARTÍCULO OCHENTA Y CUATRO LITERAL "B” DEL DECRETO NUMERO DOCE-DOS MIL DOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA:

CERTIFICA:

QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL, EL CUAL SE LLEVA EN ESTA SECRETARÍA DONDE SE ENCUENTRA DOCUMENTADA EL ACTA NÚMERO TREINTA Y DOS-DOS MIL VEINTIUNO, DE FECHA DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, Y QUE COPIADO SU PUNTO CONDUCENTE DICE LO SIGUIENTE:

DECIMO TERCERO: CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal conoció por medio de su lectura el informe de fecha veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, signado por el Profesor de Enseñanza Media Máximo Amoldo de León Hernández, Encargado de Educación Vial y Señalización de la Policía Municipal de Tránsito de esta municipalidad de Retalhuleu, en el cual informa que, en relación al cambio de algunas vías y colocación de señales en algunas calles y avenidas de las diferentes zonas de esta ciudad, las sugerencias para dichos cambios serían las siguientes:

• La 1a. Avenida de la zona 1 quedaría solo de una vía siendo ésta de norte a sur y se señalizaría de color rojo, el lado derecho de norte a sur.

• La 2a. Avenida de la zona 1 quedaría solo de una vía siendo ésta de sur a norte y se señalizaría de color rojo, el lado izquierdo de sur a norte.

• La 9a. Avenida de la zona 1 quedaría solo de una vía siendo ésta de norte a sur y se señalizaría de color rojo, el lado derecho de norte a sur.

• La 9a. Calle de la zona 1 tendrá el privilegio de vía sobre la 6a. Avenida y los reducidores de velocidad se colocarán sobre la 6a. Avenida.

• La 3a. Avenida "A" de la zona 1, tendrá el privilegio de vía y se colocara la señal de alto sobre la 5a. Calle "A", y se colocaran reducidores de velocidad.

• Se trasladarán las señales de alto de la 5a. Calle "A" y se colocarán en la 3a. Avenida y la 5a. Calle tendrá el privilegio de vía y se colocarán reducidores de velocidad.

• La 6a. Calle "A" de la zona 1, quedará de una sola vía, la cual quedará de occidente a oriente (de la 9a. Avenida hacia la circunvalación).

• En horarios de restricción la circunvalación (desde la estrella de Israel hasta la entrada de cantón San Luis) será de una sola vía de norte a sur y en horarios normales será de doble vía. Los horarios de restricción de transporte pesado serán de las 06:00 a las 08:00 horas; de 12:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas.

• En la 3a. Calle de la zona 1, será de una sola vía quedando de oriente a occidente (salida hacia 1a. Avenida).

• La 2a. Calle de la zona 1, tendrá privilegio de vía sobre la 4a. Avenida "A" y "B", se cambiarán las señales y se colocarán reducidores de velocidad.

• La 1a. Avenida "A" de la zona 1, tendrá doble vía y se trasladarán las señales de esta avenida para la 2a. Avenida y las de la 2a. Avenida para la 1a. Avenida "A".

• La 4a. Avenida "C" de la zona 1, será de doble vía, señalizando en la calzada Navidad y 2a. Calle.

• La 3a. Avenida de la zona 2 quedará de una sola vía de sur a norte y la salida será por la 6a. Avenida (calle del Arana Osorio), señalizando ambas avenidas.

• La entrada para Cantón Dolores y lugares aledaños en la zona 6, será por la 4a. calle (Restaurante Flor Azul) y la salida será por la 6a. calle (colegio Sinaí). Los conductores que vengan de oriente a occidente sobre la 4a. Calle zona 6, tendrán que virar a la derecha sobre la 10a. Avenida "A" de la misma zona 6 hacia la 5a. Calle.

• Los vehículos que se conduzcan de la Terminal de Buses para el centro de la ciudad y lugares aledaños la salida será por la calle (frente al Complejo Deportivo) y la entrada será por la calle que conduce de la Lotificación Costa Real hacia la entrada al Comando Aéreo del Sur zona 5.

• El área de donde termina la circunvalación, precisamente donde está el cruce de la Cruz de San Andrés en el monumento La Madre hasta la esquina sur de la pasarela quedará restringido el viraje de los vehículos que vienen sobre la calzada navidad y tendrá que ingresar a la rotonda del monumento La Madre para dirigirse a la circunvalación o sobre la 5ta avenida "A", todo esto éntrelas zonas 4,5 y 1.

CONSIDERANDO: Que el artículo 7 del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República regula lo siguiente: "El municipio en el sistema jurídico. El municipio, como institución autónoma de derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y en general para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos, y de conformidad con sus características multiétnicas, pluriculturales y multilingües. Su representación la ejercen los órganos determinados en este Código.". En ese orden de ideas el artículo 33 del mismo cuerpo legal, regula lo siguiente: "Gobierno del municipio. Corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos", por su parte el artículo 35 del referido cuerpo legal estipula: Le compete al Concejo Municipal: a) La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales; b) El ordenamiento territorial y control urbanístico de la circunscripción municipal.... CONSIDERANDO: Que en los últimos años la cantidad de vehículos que circulan en la ciudad de Retalhuleu, ha aumentado y eso implica que cada día se hace más difícil el tránsito vehicular y eso se debe a que no existe un ordenamiento vial, por lo que para eso se tiene a la vista la propuesta del cambio de algunas vías y colocación de señales en calles y avenidas de las diferentes zonas de esta ciudad y de esa manera estimamos mantener un tránsito fluido, por lo que luego de analizar la propuesta y consensuado el mismo debe de aprobarse. POR TANTO: El Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, en base a lo ya considerado y en el uso de las facultades que le otorgan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 3, 9, 33, 35, 38, 42, 67, 101,107, 133, del Código Municipal por unanimidad de votos acuerda:

 
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