ACTA MUNICIPAL 5-2021.11
Plan de tasas por servicios administrativos, servicios públicos, rentas, frutos, productos y multas del Municipio de Parramos, Chimaltenango.
ACTA NÚMERO 5-2021
PUNTO DÉCIMO PRIMERO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PARRAMOS DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.
CERTIFICA:
Tener a la vista el libro de actas de sesiones ordinarias que se lleva en esta Municipalidad, en el que se encuentra el acta número cinco guion dos mil veintiuno (5-2,021) de fecha tres de febrero de dos mil veintiuno (03/02/2021), de la que proviene el punto décimo primero, que copiado literalmente dice:
DECIMO PRIMERO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE PARRAMOS, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO, CONSIDERANDO: Que dentro del ámbito de la autonomía municipal establecido en la literal b) del artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, a los municipios les corresponde obtener y disponer de sus recursos; ordenando el artículo 255 constitucional que las Corporaciones Municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios. Disposiciones que son desarrolladas por el Código Municipal, Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República. CONSIDERANDO: Que dentro de las atribuciones que el artículo 35 del Código Municipal asigna al Concejo Municipal se encuentra en su literal n) la relacionada con la fijación de tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales; de rentas de los bienes municipales, sean éstos de uso común o no Disposición que se complementa con lo dispuesto por las literales d), e), h), r), del artículo 100,101 y párrafo segundo del 102 del citado cuerpo legal. CONSIDERANDO: Que el Plan de Tasas, Rentas, Frutos, Productos y Multas de la Municipalidad de Parramos, Chimaltenango, data del año 2013, contenido en el punto tercero del Acta numero cuarenta y tres guion dos mil trece (43-2013) de fecha siete de noviembre del año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial el 19 de noviembre de 2013, modificado en algunos artículos por el acta cuarenta y cinco guion dos mil dieciocho (45-2018) de fecha trece de noviembre del año dos mil dieciocho, punto quinto, publicado el 10 de enero 2019, denominado con el nombre plan de licencias de funcionamiento de establecimientos abiertos al público y otras licencias varias; por lo que se hace necesaria su actualización a efecto de adecuarlo a las necesidades y realidad económica del municipio y a las disposiciones en materia de fuentes de ingresos de recaudación local vigentes establecidas por el Código Municipal. POR TANTO: Con fundamento en las disposiciones constitucionales y disposiciones legales citadas y en base a lo que preceptúan los artículos 3, 5, 7, 8 literal f); 9, 13,17 literales d), j); 33, 35 literales a), e), i), n), z); 40, 41, 42, 68 literales a), c), e), m); 72, 73, 118, 119 numeral 3, del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, el Concejo Municipal del Municipio de Parramos, Departamento de Chimaltenango, por unanimidad de votos. ACUERDA: APROBAR, la siguiente ORDENANZA de OBSERVANCIA GENERAL que contiene el PLAN DE TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, SERVICIOS PÚBLICOS, RENTAS, FRUTOS, PRODUCTOS Y MULTAS DEL MUNICIPIO DE PARRAMOS, CHIMALTENANGO, de la siguiente manera:
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