ACUERDO GUBERNATIVO 215-2020
Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, para el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 215-2020
Guatemala, 14 de diciembre de 2020
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques -Inab-, con base en lo que establece el Inciso c), Artículo 14 del Decreto Número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley forestal, emitió el Acta Número JD.01.19.2020 del 10 de julio de 2020, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referido Entidad, para el Ejercicio riscal dos mil veintiuno, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que el Congreso de la República de Guatemala no aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio fiscal dos mil veintiuno, por lo que continúa vigente el Decreto Número 25-2018 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecinueve, y consecuentemente los montos de las Transferencias Corrientes que traslada la Administración Central, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación; y la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, al Instituto Nacional de Bosques -Inab-.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 17, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto Nacional de Bosques -Inab-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta el Dictamen Número* 679 del 10 DIC 2020, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 421 de fecha 11/12/2020 del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literal c); y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
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