ACUERDO MINISTERIAL 291-2020
Se acuerda autorizar la elaboración, publicación y difusión oportuna de los datos públicos generados en éste Ministerio y sus Dependencias, iniciando por la Información Pública de Oficio, establecida en los artículos 10 y 11 del Decreto número 57-2008.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 291-2020
Guatemala, 22 de octubre de 2020
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que la Carta Magna establece que la soberanía radica en el pueblo, el que la delega para su ejercicio en los organismos del Estado, asimismo determina que son públicos los actos y la información en poder de la administración pública, así como el libre acceso a todas las instituciones, dependencias y archivos de la misma, sin más excepciones que las previstas en dicho texto constitucional.
CONSIDERANDO
Que la adhesión de la República de Guatemala a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP por sus siglas en inglés), se formalizó en julio de 2011 y fue ratificada en enero de 2012, iniciativa en donde los países participantes se comprometen a incrementar la apertura de los gobiernos, fomentar la participación ciudadana, la transparencia, colaboración intersectorial entre entidades de gobierno y sociedad civil, el acceso a la información pública, la rendición de cuentas, la transparencia y la lucha contra la corrupción, propiciando la presentación y divulgación de información pública en formatos de datos abiertos y la innovación tecnológica.
CONSIDERANDO
Que el Cuarto Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2018-2020, aprobado por el Gobierno de la República de Guatemala y co-creado con diversas organizaciones de la sociedad civil, el Ministerio de Gobernación a través de sus Viceministerios y Dependencias participa en el cumplimiento de sus respectivos hitos comprendidos en los Compromisos 6 y 7; y Compromiso 8, hito 5, en el que resalta la implementación de la primera fase de la Política Nacional de Datos Abiertos.
CONSIDERANDO
Que en la Política Nacional de Datos Abiertos 2018-2022, aprobada mediante Acuerdo Gubernativo Número 199-2018 del Presidente de la República, de fecha 26 de noviembre de 2018, la Estrategia de Implementación estipula la creación de Comités de Datos Abiertos en cada Ministerio, Secretaria o Dependencia del Organismo Ejecutivo, con el personal orgánico (es decir: sin generar nuevas plazas o contrataciones), se conformarán los Comités de Datos Abiertos integrados por los responsables de las áreas: a) Administrativas, b) Financieras, c) Jurídicas, d) Información Pública, e) Recursos Humanos e; f) Informática, para la elaboración, publicación y difusión oportuna de los datos públicos, por lo que, se hace necesario emitir el instrumento legal correspondiente.
CONSIDERANDO
En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 27 literal m) y 36 del Decreto número 114-97 de Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 4 y 20 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA
Emitir las siguientes disposiciones de Transparencia:
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