ACUERDO  7-2020

Reglamento para la implementación del fondo de crédito para capital de trabajo.


ACUERDO NO. 7-2020

LA JUNTA DIRECTIVA DE EL CRÉDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Decreto número 13-2020 del Congreso de la República, Ley de Rescate Económico a las Familias por los efectos causados por el COVID-19, emitido por el Congreso de la República de Guatemala, se crea el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo y se norma que la Junta Directiva de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala debe elaborar un Reglamento específico que establezca los requisitos y condiciones para constituirse como beneficiario; así como, los procesos para la gestión de recursos financieros por parte de las Instituciones Financieras Supervisadas y las Cooperativas de Ahorro y Crédito, estableciendo la plataforma necesaria para transparentar el uso de los recursos derivados del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo;


CONSIDERANDO:

Que es necesario contar con la regulación apropiada con el objeto de financiar en forma directa, o a través de los mecanismos financieros necesarios, capital de trabajo, con condiciones blandas, para mitigar los riesgos de la capacidad productiva y la continuidad en las operaciones de negocio; créditos que otorgaré El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala a personas individuales y jurídicas, conforme la o las transferencias de los fondos a El Crédito que de acuerdo a la Ley lleve a cabo el Ministerio de Finanzas Públicas, mediante las readecuaciones presupuestarlas que sean necesarias;


POR TANTO:

Con fundamento en el artículo 4, Decreto Número 13-2020, Ley de Rescate Económico a las Familias por los efectos causados por el COVID-19, emitido por el Congreso de la República de Guatemala, la Junta Directiva de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala; y, conforme los incisos b), m), n), v) y w) del Artículo 27 del Decreto Número 25-79 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala.


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL FONDO DE CRÉDITO PARA CAPITAL DE TRABAJO
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO

 
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