ACTA MUNICIPAL  113-2018.4

Reglamento De Agua Del Municipio De San Juan Ostuncalco, Departamento De Quetzaltenango.

La Infrascrita Secretaria Municipal de San Juan Ostuncalco, Departamento de Quetzaltenango, CERTIFICA: que para el efecto tuvo a la vista el libro de hojas movibles autorizado por la Contraloría General de Cuentas, de Actas de Sesiones del Concejo Municipal que se lleva en esta oficina, en el cual se encuentra inscrita el Acta Número 113-2018 Sesión EXTRAORDINARIA, fecha 31 de octubre de 2018 que contiene el punto que copiado dice:-

CUARTO: II HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN OSTUNCALCO, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO;


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece en su artículo 97, que "El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional, están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación".


CONSIDERANDO:

Que el municipio de San Juan Ostuncalco, establece como necesidad primordial la realización de acciones encaminadas a la protección del recurso Agua y de mejorar la calidad del mismo; por tal razón, y en cumplimiento al artículo 67 del Código Municipal, que establece que "El municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio", se hace necesario aprobar un Reglamento de Agua y Saneamiento que constituya un instrumento técnico jurídico que propicie facilitar el trabajo de la Administración Municipal al momento de aplicar las normas que regulen la actividad de suministro de agua a los habitantes del municipio y que el mismo también propicie la realización de acciones encaminadas a la protección del Agua y de mejorar su calidad; y


CONSIDERANDO

Que el artículo 72 del Código Municipal, establece que "El municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, en los términos indicados en los artículos anteriores, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


POR TANTO

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253,254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3,33,35,67,68,70, 72, 100 incisos y 101 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, por unanimidad ACUERDA: Aprobar el siguiente,

REGLAMENTO DE AGUA
DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN OSTUNCALCO,
DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.

TITULO I
Disposiciones Generales

 
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